LA CORTE DE LOS MILAGROS

Publicaciones etiquetadas ‘Código Electoral’

Candidaturas independientes

.

Aunque todavía no existe una definición sobre el número de firmas o adhesiones ciudadanas que los aspirantes a convertirse en candidatos independientes deben reunir para poder participar en una elección, la partidocracia mexicana pretende que este requisito sea de por lo menos el 3 por ciento del padrón electoral.

Dicho porcentaje se aprobó ayer en Puebla, en el marco de una nueva reforma al Código electoral del estado para regular las candidaturas independientes. Y en otras entidades, que ya también ajustaron su legislación electoral a las reformas constitucionales, el porcentaje aprobado es similar.

¿Qué tanto representa el 3 por ciento?

A nivel nacional este porcentaje equivaldría, considerando un padrón de más o menos 80 millones de votantes, a 2 millones 400 mil electores.

La cifra no es nada despreciable, sobre todo a la luz de los resultados de la última elección presidencial de 2012, pues supera las votaciones que, por separado, obtuvieron partidos como el Verde Ecologista, del Trabajo, Movimiento Ciudadano y Nueva Alianza.

corte03

Ese porcentaje representa más del doble de los sufragios que Nueva Alianza pudo cosechar en 2012 con Gabriel Quadri, y 2.5 veces las votaciones del PVEM y de MC, y eso que ambos postularon, bajo la fórmula de la coalición con otros partidos, a Enrique Peña Nieto y Andrés Manuel López Obrador, respectivamente.

Condicionar el registro de un candidato independiente a cumplir con una cuota mínima del 3 por ciento de firmas del padrón electoral, más que un requisito de participación y elegibilidad, parece un candado legal contras las candidaturas independientes.

Veamos ahora el panorama en Puebla.

Si algún ciudadano quisiera participar en las elecciones para gobernador del estado de 2016, sin la intervención y respaldo de un partido político, requeriría —en números redondos— de la adhesión de cuando menos 127 mil 500 ciudadanos con su nombre, domicilio, clave de elector y firma autógrafa, considerando que la entidad tiene un padrón de 4 millones 250 mil electores.

Tal cantidad equivale a la mitad de los votos captados por José Antonio Gali Fayad en el municipio de Puebla durante las elecciones de julio de 2013. Su candidatura, vale la pena recordarlo, fue apoyada por el PAN, el PRD, Nueva Alianza y Compromiso por Puebla, bajo las siglas de la Coalición Puebla Unida, así como por Movimiento Ciudadano y el partido estatal Pacto Social de Integración bajo la figura de candidatura común.

O, si se prefiere el comparativo, a más de una octava parte de la votación obtenida por el hoy gobernador de Puebla, Rafael Moreno Valle, en 2010, cuando le ganó las elecciones a Javier López Zavala, al computar más de 1 millón 111 mil sufragios.

¿Qué ciudadano que quiera registrarse como candidato independiente a la gubernatura de Puebla en 2016 o 2018 puede ser capaz de reunir más de 127 mil 500 firmas en menos de un mes, con todos los requisitos y formalidades legales, pero además sin recursos públicos, y sin chance de promocionarse en medios de comunicación?

corte01

¿Cómo a un candidato independiente se le pueden exigir 127 mil 500 firmas de ciudadanos, y a un partido estatal menos de 5 mil afiliados?

Tal cifra representa la mitad de los militantes del PAN en todo el país con derecho a voto en las elecciones internas de este partido del domingo 18 de mayo, o 9.4 veces el padrón de este partido en Puebla.

Con esos candados legales las candidaturas independientes no tienen ningún futuro, con todo y que en el ámbito nacional y local se presuma que éstas representan un avance democrático a favor de la participación ciudadana.

***

Correos: periodistasoy@hotmail.com y rruiz@e-consulta.com

Twitter: @periodistasoy

Desequilibrios electorales y parlamentarios

.

Uno de los mayores defectos del Código Electoral vigente y de las legislaciones anteriores en la materia es que nunca han logrado equilibrar o hacer compatible el porcentaje de votos que cada partido o coalición obtiene con su representación real en el Poder Legislativo local.

El PRI siempre fue reacio a corregir al tema porque generalmente la sobrerrepresentación le beneficiaba en la integración de la Cámara de Diputados.

Esto tenía su origen en la propia conformación de los distritos (muy desequilibrada) y en la fórmula de asignación de diputados de representación proporcional.

corte01

Con la nueva distritación aprobada por el Instituto Electoral del Estado (IEE), y estrenada en las elecciones del pasado 7 de julio, esta situación se modificó radicalmente en perjuicio del tricolor, a tal grado que hoy es víctima de las trampas legales e inequidades electorales que fomentó en el pasado.

Me explico con números y porcentajes:

130722-corte

El PRI, que en alianza con el PVEM constituyó la Coalición 5 de Mayo (C5M), obtuvo en las elecciones de diputados de mayoría relativa el 36.03% de la votación, pero sólo tendrá el 21.95% de la representación del Congreso del Estado.

En cambio, la Coalición Puebla Unida (CPU) —conformada por PAN, PRD, PNA y CPP—, que alcanzó el 40.33% de los votos, tendrá el 63.41% de las curules de la LIX Legislatura local.

La sobrerrepresentación parlamentaria también afecta a ciertos partidos minoritarios.

Un claro ejemplo es el PT que, no obstante haber logrado el 9.16% de los sufragios de la elección de diputados de mayoría relativa, sólo tendrá el 4.87% de las curules en la entrante legislatura.

Ahora sí que, como dice el viejo refrán, nadie sabe para quién trabaja.

***

Correos: periodistasoy@hotmail.com y rruiz@e-consulta.com

Twitter: @periodistasoy

Inoperante y obsoleto el Código Electoral en estos comicios

.

Contiene normas que son una burla y otras que no se aplican

El IEE genera inequidad, al retrasar registro de candidatos

 

 

Si algo ha quedado de manifiesto en el actual proceso local electoral es que el Código que en la entidad norma los comicios está rebasado, y que en muchos aspectos resulta obsoleto.

Un claro ejemplo es el capítulo de topes de campaña, según el cual lo máximo que un partido o coalición puede gastarse por elección en todo el estado no debe rebasar la cifra de 23.9 millones de pesos.

Esa cantidad debe dividirse —para sacar el tope por municipio— entre los 217 municipios de la entidad y ponderarse en función de la densidad de población y el número de ciudadanos inscritos en el padrón electoral de cada uno de éstos.

El resultado de esta operación, para el caso específico del municipio de Puebla, arroja que los partidos o coaliciones —en puja por la presidencia municipal de la capital— lo más que pueden gastarse en 60 días de campaña asciende a 1.73 millones de pesos, algo así como 28 mil 890 pesos diarios.

Dicha cantidad es a todas luces ridícula.

Coaliciones como Puebla Unida o 5 de mayo rebasaron el tope el día que oficialmente arrancaron sus campañas.

***

Otros aspectos a revisar del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla son la reforma al artículo 58, que abrió la posibilidad de las candidaturas comunes, y la derogación del segundo párrafo del artículo 59 que prohibía a los partidos estatales formar coaliciones o postular candidatos comunes después de haber obtenido por primera vez su registro, justamente con el propósito de evitar la proliferación de partidos satélites o de sexenio.

Este párrafo se derogó en la reforma del 20 de febrero de 2012, con el propósito de apuntalar a la organización política Compromiso por Puebla, creada a instancias del gobierno del estado, y que hoy forma parte de la coalición Puebla Unida, junto con el PAN, el PRD y el Panal.

Dichas modificaciones, que hoy son motivo de juicios en el Tribunal Electoral del Estado, deben revisarse, pues no garantizan el reconocimiento de nuevas expresiones políticas o ideológicas, sino la continuidad de partidos satélites que, aún sin reunir el 2% de la votación total, logran su permanencia para servir a los intereses del mandatario en turno.

***

Otro punto del Código Electoral que tampoco funciona o, al menos no como esperaban quienes pugnaron por castigar los actos anticipados de campaña o la promoción de políticos fuera de los plazos legales para promoverse como precandidatos a un cargo de elección popular, es el artículo 200 bis.

Dicho artículo se adicionó al Código en diciembre de 2006 y luego en febrero de 2012 se reformó para que ningún ciudadano pudiera realizar actividades propagandísticas y publicitarias, con el objeto de promover su imagen personal, de manera pública y con el inequívoco propósito de establecer su postulación a un cargo de elección popular.

Para cualquier observador es claro que esta disposición, incorporada al Código hace más de seis años, no sólo es letra muerta sino que se viola proceso tras proceso, sin que hasta la fecha el Instituto Electoral del Estado haya sancionado jamás, con la negación del registro, a un solo aspirante o precandidato de los muchos que fuera de los plazos legales se promocionan en revistas, parabuses o anuncios espectaculares con el inequívoco propósito de posicionarse y lograr su nominación a un cargo de elección popular.

***

Una última cuestión que tampoco ha funcionado del Código Electoral son los plazos para la recepción de registros y la aprobación de estos.

El artículo 206 señala que el registro de candidatos se realizará durante la tercera semana de abril del año de la elección ante los órganos competentes, y el 213 que éstos se deberán verificar dentro de los cuatro días siguientes que las fórmulas y planillas registradas cumplan con todos los requisitos.

Sin embargo, a una semana del arranque formal de las campañas es la hora que el Instituto aún no aprueba, ni desecha algunos registros de candidatos, lo que provoca que en algunos municipios y distritos las contiendas sean inequitativas, amén de que se vulnera el artículo 214 del Código Electora que mandata al presidente del Consejo General del IEE a publicar en Periódico Oficial y los diarios de mayor circulación la relación completa de los candidatos registrados, el cargo y el partido político que los postula, así como las cancelaciones de registro o las sustituciones de candidatos que procedan.

A la fecha ninguna de estas relaciones se ha publicado.

***

«El tiempo es el mejor intérprete de toda ley dudosa.»

Dionisio de Halicarnaso (c. 60 a. C. – c. 7 a. C.), historiador, crítico literario y profesor de retórica griego, vivió en Roma durante el reinado de César Augusto.

Paco Bada

.

Francisco Bada Sanz es el empresario que podría convertirse en candidato de la coalición opositora a la presidencia municipal de Puebla, a propuesta del movimiento Puebla de Acuerdo que encabezan Verónica Mastretta Guzmán y Gabriel Hinojosa Rivero.

Se trata, como ayer le adelantaba, de un destacadísimo hombre de negocios de la industria automotriz, nacido en Puebla, avecindado en Cholula, y que durante 35 años laboró como directivo de Volkswagen, siendo el primer mexicano en ocupar una vicepresidencia dentro del corporativo internacional de esta firma alemana.

Paco Bada sería, en caso de que la coalición Compromiso por Puebla lo convenciera y ésta aceptara sus condiciones, un candidato de lujo al ayuntamiento capitalino, no sólo por su prestigio, trayectoria y actitud emprendedora, sino por sus relaciones nacionales e internacionales, su experiencia en cuestiones financieras, manejo de recursos humanos, y conocimiento en temas de transporte.

Su sólo nombre llamó de inmediato la atención de actores políticos clave en la coalición opositora de Puebla, como Rafael Moreno Valle Rosas, candidato a la gubernatura; Manuel Camacho Solís, coordinador nacional del frente de izquierda Diálogo por la Reconstrucción de México (DIA), y Cuauhtémoc Cardona Benavides, secretario adjunto de Elecciones del Comité Ejecutivo Nacional del PAN.

La aliancista Verónica Mastretta es su principal promotora, tanto que se ha dado a la tarea de pedirle sus documentos para revisar si reúne los requisitos de elegibilidad establecidos por el Código Electoral y la Constitución Política del estado.

***

 

 
 

 

Aunque este martes se conocerán los resultados de las dos encuestas realizadas por Consulta Mitofsky de Roy Campos Ezquerra sobre los aspirantes del PRI a la presidencia municipal de Puebla, la decisión final sobre quién finalmente será el candidato de unidad se postergará unos días más.

Y es que si bien el Ejecutivo estatal y primer priísta de la entidad tiene claro que Mario Montero Serrano es quien encabeza las preferencias electorales, éste prefiere alargar el proceso hasta que la coalición opositora Compromiso por Puebla defina el nombre de su abanderado o abanderada a la alcaldía capitalina.

Si los panistas optan por el diputado local Eduardo Rivera Pérez o el senador Humberto Aguilar Coronado, no dude pero ni tantito que el PRI o la Alianza Puebla Avanza se pronunciarán por el exsecretario de Gobernación Mario Montero.

Pero si el candidato de la coalición opositora es una figura ciudadana de la talla de Amy Camacho Wardle, quien ya rechazó su participación, o el empresario Francisco Bada Sanz, entonces lo más seguro es que el PRI explore otras alternativas como Jorge Estefan Chidiac o Pablo Fernández del Campo Espinosa.

De hecho, si usted revisa cuando el PRI comenzó a perfilar a Jorge Estefan como Plan B para la sucesión en la presidencia municipal de Puebla, se dará cuenta que su promoción coincide con el lanzamiento de la directora Africam Safari, Amy Camacho, por parte del movimiento aliancista Puebla de Acuerdo.

***

Flaco favor le hace Augusta Valentina Díaz de Rivera a Humberto Aguilar Coronado con sus declaraciones en el sentido de que no se irá al Senado de la República, para ocupar el escaño que éste dejará vacante durante dos semanas, con el pretexto de que esa decisión se la deja a su partido o al coordinador del Grupo Parlamentario del PAN en la Cámara Alta, Gustavo Enrique Madero Muñoz.

Con tales afirmaciones, la diputada federal sólo deja entrever que no confía que su gallo ganará la elección interna del PAN —para la candidatura a la presidencia municipal de Puebla— a Eduardo Rivera Pérez o que aquel regresará al Senado antes de la última semana de marzo.

***

Simón dice:

La incertidumbre es una margarita cuyos pétalos no se terminan jamás de deshojar.

Mario Vargas Llosa (1936-?). Escritor, dramaturgo y periodista peruano

Escenario macabro: el PRI gana por default

.

Un escenario poco probable, pero que no debería descartarse dadas las evidencias que existen, es que en las elecciones del 4 de julio, el senador con licencia Rafael Moreno Valle Rosas —el principal adversario del priísta Javier López Zavala a la gubernatura de Puebla— se quede en el camino.

Es decir, que no pudiera participar porque el Instituto Electoral del Estado (IEE) —controlado por el PRIle negara el registro como candidato al gobierno del estado por incumplir los requisitos de elegibilidad establecidos en la Constitución Política del estado y en el Código de Instituciones y Procesos Electorales de la entidad.

El escenario, que para algunos puede resultar descabellado, no sólo echaría abajo la coalición opositora o el frente amplio antimarinista, sino que daría al PRI y a su candidato a la gubernatura la oportunidad de ganar las elecciones prácticamente sin despeinarse.

Le planteo el escenario.

En la última semana de marzo, los partidos coaligados en torno a la figura de Moreno Valle acuden ante el Consejo General del IEE para registrarlo como candidato al gobierno del estado.

Al día siguiente la representación del PRI presenta un recurso de impugnación contra de la solicitud de registro de Moreno Valle, en virtud de no cumplir con diversos requisitos legales. En concreto, los artículos 20 en sus fracciones I y II, y 74 fracción II de la Constitución del estado; y 208 fracción II e incisos b) y d) del Código Electoral.

Como pruebas de que el precandidato de la coalición opositora carece de la ciudadanía poblana, requisito que exige la carta magna de la entidad, el PRI exhibe dos actas de nacimiento de Rafael Moreno Valle: una, como oriundo del Distrito Federal; y otra, presuntamente falsa, que lo acreditaría como nacido en Ciudad Serdán, Puebla.

Ante la sospecha, el IEE decide abrir una investigación sobre el acta de nacimiento falsa, en medio de un gran escándalo mediático, que el PRI abonaría con declaraciones de algunos militantes suyos, como Juan Cesín Mussi, propietario de la casona donde supuestamente habría nacido Moreno Valle.

Presionado por los tiempos, el Consejo General del IEE fija —en términos de la fracción I del artículo 213 del Código Electoral— a los partidos de la coalición opositora un plazo de 24 horas para que subsanen la omisión o sustituyan al candidato.

Frente a la imposibilidad de hacerlo, pues la ciudadanía poblana es un requisito que debe aprobar el Congreso local, la coalición se desintegra sin registrar candidato.

López Zavala y el PRI ganan entonces por default las elecciones.

***

Simón dice:

«La única posibilidad de descubrir los límites de lo posible es aventurarse un poco más allá de ellos, hacia lo imposible».

Arthur C. Clarke (1917-2008) Escritor y científico inglés de ciencia ficción.

Maldito dinero que nada vale

.

Hace unos días le adelantaba que aunque los aspirantes del PAN a la gubernatura habían tomado el acuerdo de ir a una elección abierta, lo más probable era que ésta no se realizara, entre otras cosas por razones de orden económico.

Hoy estoy en condición de informarle que en la Comisión Nacional de Elecciones y en la Comisión Estatal de Elecciones del PAN ya se evalúa la conveniencia de suspender tal proceso, que dejaría al partido atado de manos en la elección constitucional, por los topes de financiamiento privado establecidos en el Código Electoral y aprobados por el Instituto Electoral del Estado.

Según lo aprobado por el IEE, lo más que puede gastarse el PAN con dinero de sus militantes y simpatizantes en la elección de gobernador, considerando la precampaña y la campaña constitucional del 2010, son 3.9 millones de pesos.

De más está decir que si el PAN organiza una consulta abierta a sus 75 mil miembros activos y adherentes, con centros de votación en todo el estado, se gastará mucho más que eso, lo que implicaría que en la elección constitucional de gobernador ya no podría hacer ningún pago adicional con aportaciones de sus militantes y simpatizantes, so pena de rebasar el tope fijado por el IEE.

El artículo 48 del Código de Instituciones y Procesos Electorales apunta que lo máximo que un partido político puede recibir por concepto de financiamiento privado es el 10% del tope de gastos fijado en la última campaña para gobernador, y que el límite anual de aportaciones de un simpatizante o militante equivale al 0.05% del monto del financiamiento público del año que corresponda.

Lo anterior significa que el PAN sólo puede gastarse en la elección de gobernador del próximo año 3 millones 920 mil pesos de recursos privados, y que lo máximo que un militante o simpatizante puede aportarle en el 2010 son 17 mil 298 pesos.

El riesgo que el PAN corre con una consulta abierta es rebasar el tope de financiamiento privado, para operar en la elección constitucional sólo con financiamiento público, que en el caso de la elección de gobernador tendrá un techo de no más de 45 millones de pesos, lo que equivale considerando tres meses de campaña, a medio millón de pesos por día.

***
El secretario de Turismo de Puebla, Juan José Bretón Ávalos, acompañado de una comitiva de empresarios del ramo hotelero, restaurantero y de agencias de viaje, estuvo este miércoles en la ciudad de México, para felicitar al titular del ramo a nivel federal, Rodolfo Elizondo Torres, por la decisión del gobierno federal de mantener a esta dependencia con rango de Secretaría.

Con Bretón viajaron Alejandro Cañedo Priesca, presidente de la Asociación Poblana de Agencias de Viajes; José Rosales Bretón, presidente del Buró de Convenciones; los dirigentes de la Canirac, la Asociación de Hoteles y Restaurantes y de asociación de transportistas turísticos, así como el diputado federal Juan Pablo Jiménez Concha, secretario de la Comisión de Turismo del Congreso de la Unión y la diputada local Erika Suck Mendieta, presidenta de la Comisión de Desarrollo Económico y Turismo del Congreso del estado.

***
Simón dice:

“Uno debe saber vivir con el dinero que tiene”.
José de San Martín (1778-1850). Militar y político argentino.

¿Sana convivencia?

.

Un nuevo conflicto con sus homólogos y colegas está por enfrentar el presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE), Jorge Sánchez Morales, por el tema de la reforma electoral.

Y es que aseguran que el propio Sánchez Morales operó con algunos funcionarios del Poder Legislativo, como el director de Asuntos Jurídicos, Edgar Sánchez Farfán, el vacío que los diputados locales hicieron a la propuesta de reformas y adiciones al Código de Instituciones y Procesos Electorales presentada por el Consejo General del IEE.

El malestar de los consejeros y representantes de partidos políticos parece justificado, pues la referida propuesta les consumió muchos meses y mesas de trabajo, sesudos análisis y amargas discusiones, que se prolongaron por casi seis meses, para que al final los diputados de la LVII Legislatura ni siquiera la tomaran en cuenta.

Y todo porque Jorge Sánchez se encargó de descalificarla y echarle tierra, so pretexto de tratarse de una iniciativa filopanista, impulsada por consejeros electorales cuyo único propósito era acotar sus facultades como presidente del IEE.

***
Esta situación podría dar pie a que los consejeros electorales y representantes partidistas pronto se cobren la afrenta.

Sí, antes de lo que el mismo Jorge Sánchez se imagina.

La revancha, por así llamarla, podría darse con motivo de la denuncia que el representante del PAN, Rafael Guzmán Hernández, promovió el miércoles anterior en contra del consejero presidente, a efecto de que éste sea sancionado en términos del artículo 387 del código electoral, después de que el Tribunal de la materia lo encontró culpable de violar los derechos políticos de aquel.

Rafael Guzmán busca que el Consejo General del IEE multe o cuando menos amoneste a Jorge Sánchez por su actuación revanchista y parcial en aquella sesión del 28 de febrero, en que no lo dejó ocupar su lugar, ni hacer uso de la palabra.

***
Tómelo con reserva, pero una fuente regularmente informada me hace saber que en el transcurso de las próximas horas José Solís Briones asumirá la Dirección de la Policía Judicial del estado, en sustitución de Hugo Isaac Arzola Muñoz, quien regresará a su plaza de juez.

Solís Briones viene desempeñándose como subdirector Operativo Foráneo de la PGJE.

***
Este lunes en la terraza del restaurante El Parrillaje, de la colonia Huexotitla, fueron captados, echando tragos y en franca convivencia, el secretario de Desarrollo Social del municipio de Puebla, Víctor Manuel Giorgana Jiménez, el expresidente municipal panista Luis Eduardo Paredes Moctezuma, y el exdiputado local panista Juan Francisco Menéndez Priante.

Ahora sí que como dice el refrán: Dios los hace y ellos se juntan.

***
Simón dice:

“Las personas no son ridículas sino cuando quieren parecer o ser lo que no son”
Giacomo Leopardi (1798-1837). Poeta y erudito italiano.

Chovinismo pipope

.

Así como Enrique Doger Guerrero se promueve a la gubernatura de Puebla, aprovechándose del Instituto Nacional para el Desarrollo Municipal y la Alfabetización (Indema), Guillermo Deloya Cobián hace lo propio, pero para la presidencia municipal a través de la fundación que lleva el nombre de su señor padre.

Uno y otro basan su estrategia en la tibia y timorata actuación del Instituto Electoral del Estado (IEE) y su consejero presidente, Jorge Sánchez Morales, que hace como que la virgen le habla cada vez que alguien le pregunta si este tipo de publicidad no es contraria al espíritu de la última reforma al Código Electoral, y en particular del artículo 200 bis que en la práctica es letra muerta.

De la propaganda del expresidente municipal y exrector de la BUAP ya me ocupé en anteriores entregas, por lo que ahora sólo me detendré en comentar la del secretario particular del gobernador Mario Marín Torres.

Lo primero que habría que investigar es el origen financiero de esa cursi campaña de “Haz patria y ama a un poblano”, que a través de spots de radio y televisión, anuncios espectaculares y entrevistas dizque noticiosas exalta el orgullo de la poblanidad como un valor por encima de otros localismos provincianos.

El problema de esa campaña, rematada por el slogan “Puebla creo en ti”, es que el fondo es excluyente y discriminatoria.

¿O acaso si una poblana ama a un yucateco o a un tijuanense, no hace patria?

O en sentido inverso: ¿el poblano que opte por una tapatía o una chihuahuense en lugar de una poblana es traidor o, peor aun, apátrida?

Sin embargo, lo más absurdo de esa propaganda que Guillermo Deloya pretende capitalizar en su provecho como aspirante a la presidencia municipal de Puebla es que de entrada excluye al 20 ó 25 por ciento de los residentes de la capital del estado.

Y es que uno de cada cinco electores que han optado por vivir en el municipio de Puebla proviene de otras ciudades de la república mexicana, es decir, no es orgullosamente poblano, ni merecedor de amar a un paisano o paisana, ni digno de hacer patria.

***
Un grupo de poblanos ha iniciado, con la asesoría de destacados juristas y ambientalistas, una cruzada para echar abajo la donación de 187 mil metros de Valle Fantástico a favor del empresario Ricardo Henaine Mezher por parte del gobierno del estado.

Este grupo tiene el propósito de involucrar a la Secretaría de Desarrollo Social del gobierno federal en la promoción de un juicio de nulidad de esa donación, bajo el argumento de que es ilegal y violatoria de la Ley de Expropiación, que establece que ningún predio expropiado para área pública puede ser donado o enajenado.

Hay que destacar, sin embargo, que el grupo está decido a llevar por su cuenta ese juicio, en caso de que la Sedesol federal opte por hacerse como el Tío Lolo, y ello se sabrá en las próximas semanas, pues en octubre causa estado la donación hecha a favor de Ricardo Henaine en el sexenio del gobernador Melquiades Morales Flores.

***

***
Simón dice:

“El nacionalismo es una enfermedad infantil. Es el sarampión de la humanidad”.
Albert Einstein (1879-1955). Científico alemán nacionalizado estadounidense.

Consejeros acotados

.

Ahora que los consejeros del Instituto Electoral del Estado (IEE) están metidos en sesudas reflexiones y bizantinas discusiones sobre algunos aspectos operativos del Código de Instituciones y Procesos Electorales, bien valdría la pena que fijaran su atención en el artículo 90 de esa legislación.

Así de paso se podrían evitar los puyazos que les lanza el representante del PRI ante el Consejo General del IEE, José Alarcón Hernández, cuando afirma a voz en cuello que sólo están para cobrar y votar.

Y en efecto, si uno revisa y compara las facultades y atribuciones que el Código Electoral otorga a los consejeros del Instituto, con las que dispone para el consejero presidente Jorge Sánchez Morales, irremediablemente se llega a la conclusión de que lo que priva en el IEE es el presidencialismo omnímodo.

Juzgue usted mismo si no:

Según el artículo 90 del referido Código, los consejeros electorales están facultados para:

“I.- Integrar el quórum de las sesiones del Consejo y participar en sus deliberaciones con derecho a voz y voto;

“II.- Someter a la consideración del Consejo proyectos de acuerdos y resoluciones, en los términos que señala el reglamento de sesiones del propio Consejo;

“III.- Solicitar la incorporación de asuntos en el orden del día del Consejo y de las Comisiones de las que formen parte, en los términos que señale el reglamento de sesiones del propio Consejo;

“IV.- Suplir al Consejero Presidente, previa designación de éste, en sus ausencias momentáneas de las sesiones del Consejo;

“V.- Presidir las Comisiones Especiales que constituya el Consejo General, en los términos que señale el reglamento de sesiones del propio Consejo;

“VI.- Formar parte de las Comisiones Permanentes y Especiales que constituya el Consejo General y participar con derecho a voz y voto en sus sesiones;

“VII.- Asistir, con derecho a voz, a las sesiones de las Comisiones Especiales de las que no formen parte; y

“VIII.- Las demás que les confieran este Código y otras disposiciones aplicables.

Los Consejeros Electorales del Consejo General, deberán desempeñar su función con autonomía y probidad”.

En suma: atribuciones nada relevantes que no sean más votar y cobrar.

En cambio, el artículo 91 otorga al consejero presidente las siguientes facultades:

“I.- Representar legalmente al Instituto;

“II.- Otorgar a nombre del Instituto poderes de representación, en su caso, al Secretario General, al Director General y al personal de las Direcciones del Instituto, para el cumplimiento de sus atribuciones, los que deberá hacer del conocimiento del Consejo General;

“III.- Procurar por la unidad y cohesión de las actividades de los órganos del Instituto;

“IV.- Convocar, presidir y conducir las sesiones del Consejo General;

“V.- Presidir y conducir las sesiones de la Junta Ejecutiva y convocarlas a solicitud del Director General;

“VI.- Someter al conocimiento y, en su caso, a la aprobación del Consejo General, los asuntos de su competencia;

“VII.- Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del propio Consejo General;

“VIII.- Proponer al Consejo General, en terna, el nombramiento del Secretario General, del Director General y del titular de la Contraloría Interna;

“IX.- Presentar al Consejo General, de entre la lista que al efecto elabore, las propuestas para la designación de los Consejeros Electorales y Secretarios de los Consejos Distritales y Consejos Municipales;

“X.- Presentar al Consejo General, en términos de la legislación aplicable, el anteproyecto de presupuesto de egresos del Instituto;

“XI.- Remitir en términos de la legislación aplicable el proyecto de presupuesto de egresos del Instituto, una vez aprobado por el Consejo General;

“XII.- Recibir de los partidos políticos las solicitudes de registro de candidatos a Gobernador y someterlas a consideración del Consejo General para su registro;

“XIII.- Rendir anualmente al Consejo General, a más tardar en el mes de abril, informe sobre el ejercicio del presupuesto correspondiente al año anterior;

“XIV.- Elaborar el proyecto de convocatoria para las elecciones que establece este Código, para someterla a consideración y, en su caso, aprobación del Consejo General;

“XV.- Entregar el financiamiento público a los partidos políticos, en la forma y términos que determine este Código y el Consejo General;

“XVI.- Suscribir el convenio de apoyo y colaboración en materia electoral, que celebren el Gobierno del Estado y el Instituto Federal Electoral;

“XVII.- Enviar para su publicación en el Periódico Oficial del Estado y en los diarios de mayor circulación, la relación completa de los candidatos registrados, así como las cancelaciones de registro y sustitución de candidatos que se presenten, en los términos de este Código;

“XVIII.- Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas para el cumplimiento de los fines del Consejo General;

“XIX.- Suscribir convenios con los Ayuntamientos que lo soliciten, para coadyuvar en la elección de Juntas Auxiliares;

“XX.- Suscribir convenios con instituciones académicas y de educación superior, para impartir cursos de formación, capacitación y actualización para aspirantes y miembros titulares del Servicio Electoral Profesional;

“XXI.- Establecer vínculos entre el Instituto y las autoridades federales, estatales y municipales para lograr su apoyo y colaboración en sus respectivos ámbitos de competencia, cuando sea necesario para el cumplimiento de los fines del Instituto;

“XXII.- Solicitar a las autoridades correspondientes la fuerza pública necesaria para garantizar el desarrollo pacífico del proceso electoral;

“XXIII.- Firmar junto con el Secretario General las boletas electorales;

“XXIV.- Velar por el buen uso del patrimonio del Instituto;

“XXV.- Plantear y ejecutar la política de comunicación social del Instituto;

“XXVI.- Elaborar el proyecto del diseño de la imagen institucional del Instituto y proponerlo al Consejo General para su aprobación;

“XXVII.- Instaurar los mecanismos para el contacto institucional del organismo con los medios de comunicación;

“XXVIII.- Exponer, implementar y ejecutar la campaña de difusión del voto y promoción de la participación ciudadana, durante la organización del proceso electoral; y

“XXIX.- Las demás que le confieran este Código, el Consejo General y las disposiciones relativas”.

Como se podrá leer, el consejero presidente no requiere para ninguna de estas atribuciones del aval o la aprobación del resto de los ocho consejeros o del visto bueno del Consejo General. Basta con el poder de su firma.

Ahora entiende por qué Jorge Sánchez se siente y actúa como Dios en el poder, y porque su protector dentro del Consejo General del IEE, José Alarcón Hernández puede escupirles en la cara a los consejeros que sólo están para cobrar y votar.

***
Simón dice:

“¡Pero qué asquerosidad es esto….!”

Kamel Nacif Borge, empresario y apostador.

***
Comentarios y críticas a los correos: periodistasoy@hotmail.com y rruiz@e-consulta.com.mx

Reforma electoral light

.

Los consejeros del Instituto Electoral del Estado empezaron a discutir un proyecto de reformas al Código Electoral vigente, sin mayores alcances que corregir algunos aspectos operativos del organismo.

Entre otras cosas, los consejeros pretenden modificar el nombre del IEE, añadiéndole las palabras “de Puebla”, pues actualmente no se sabe si pertenece a ésta o alguna otra entidad; tampoco si es Instituto Estatal o Instituto Electoral del Estado.

En el anteproyecto, que ya comenzó a discutirse en mesas de trabajo, los consejeros también quieren proponer la creación de una Dirección de Planeación; eliminar el concepto de reelección para el cargo de director general del Instituto y, en su lugar, precisar que quien ocupe tal puesto puede ser ratificado por un único periodo de seis años.

Adicionalmente, los consejeros quieren que en el Código Electoral del estado se  establezca un mínimo de documentos que deben entregar los candidatos al momento de su registro, pues hoy ––según ellos–– basta con presentar una hoja con su nombre y su intención expresa de participar en una elección para que sean registrados.

Otra cuestión que también quieren incorporar en la reforma es la delimitación y alcance de las atribuciones, facultades y obligaciones del presidente del Instituto, del director general, de la Junta Ejecutiva y de la Contraloría Interna, pues la ambigüedad que hoy prevalece en la normatividad que rige a estas figuras propicia abusos, malos entendidos y una gran discrecionalidad, en perjuicio del patrimonio del máximo órgano electoral del estado.

El proyecto, se estima, estará listo dentro de dos o tres meses, para ser presentado al pleno de la LVII Legislatura del Congreso del estado.

***
Este día se definirán las fechas, horas y prácticas del diplomado en campañas electorales que ofrecerán, a partir del 26 de marzo, la Universidad George Washington y la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

Por lo pronto puedo adelantarles que el diplomado constará de más de 60 horas, que  será teórico y práctico los días jueves y viernes, durante cinco semanas por lo menos.

El costo rondará los 15 mil pesos y será impartido por profesores de la Universidad George Washington, así como por docentes e investigadores de la BUAP, a partir del último jueves de marzo.

***
Trivia:

¿Quién es el político poblano, que llora lágrimas negras, por haber resultado afectado con el megafraude cometido por Stanford Fondos (unidad local de Stanford Financial Group)?
Un tip:

Su situación es tan incómoda que no está en condiciones de demandar o hacer público su caso, pues no sabría como justificar su inexplicable fortuna en dólares.

***
Simón dice:
“La fortuna se cansa de llevar siempre a un mismo hombre sobre las espaldas”
Baltasar Gracián, escritor español.

***
Comentarios y críticas a los correos: periodistasoy@hotmail.com y rruiz@e-consulta.com.mx

[pvcp_1]

Menu00fa
Popups Powered By : XYZScripts.com