LA CORTE DE LOS MILAGROS

Hacia una reforma electoral regresiva

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Una reforma electoral regresiva y hasta inconstitucional es la que el Congreso de Puebla pretende aprobar en materia de candidaturas independientes, al establecer requisitos y condiciones que harán inviable a un ciudadano su postulación a un cargo de elección popular al margen de los partidos políticos existentes.

De entrada el artículo 200 Bis del Código de Instituciones y Procesos Electorales de Puebla estipula que “Ningún ciudadano podrá realizar actividades propagandísticas y publicitarias, con el objeto de promover su imagen personal, de manera pública y con el inequívoco propósito de establecer su postulación a un cargo de elección popular”. Tales actividades precisa el mismo artículo sólo podrán realizarlas aquellos que participen dentro de un proceso de selección interna de un partido político.

Tal como ya lo hicieron otros Congresos locales, como los de Sinaloa, Chihuahua, Veracruz y Tamaulipas, que aumentaron los requisitos para ser candidato sin partido, en Puebla los diputados pretenden que nadie fuera de los partidos pueda postularse a gobernador, diputado local y presidente municipal.

Si bien en la iniciativa que este jueves o viernes será aprobada fast track, los diputados no aumentaron el porcentaje del 3% de firmas de ciudadanos inscritos en el padrón electoral para registrarse como candidato independiente, sí incluyeron candados que harán inviables estas candidaturas.

En el Código vigente sólo se pide que esa relación contenga el nombre, domicilio, clave de elector y firma autógrafa de quienes respaldan dicha postulación. Sin embargo, en la iniciativa de marras se plantea, en el caso de la elección para gobernador, que los firmantes sean “de por lo menos las tres cuartas partes de los municipios que componen la entidad” y que en ningún caso los ciudadanos inscritos por un municipio podrán ser menos del dos por ciento del padrón correspondiente.

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Similares requisitos se incluyeron para los candidatos a diputados de mayoría y para presidentes municipales.

En la iniciativa quedan vetados para ser candidatos independientes las personas que:

“I.- Sean o hayan sido, presidente del comité ejecutivo nacional, estatal, municipal, dirigente, militante, afiliado o su equivalente, de un partido político, en los tres años anteriores al día de la elección del proceso electivo en el que pretendan postularse;

“II.- Hayan participado como candidatos a cualquier cargo de elección popular

postulados por cualquier partido político o coalición en el proceso electoral federal o local inmediato anterior;

“III.- Hayan participado en un proceso de selección interna de candidatos de algún partido político o coalición en el mismo proceso electoral.

“IV. Desempeñen un cargo de elección popular, a menos que renuncien al partido por el que accedieron al cargo, dieciocho meses antes al día de la jornada electoral.

Los Candidatos Independientes que hayan participado en una elección ordinaria que haya sido anulada, tendrán derecho a participar en las elecciones extraordinarias correspondientes; siempre que no la hayan ocasionado y que cumplan con los requisitos que para tal efecto exige este Código”.

Los absurdos de esta regresiva reforma electoral, que a todas luces pretende desalentar las candidaturas independientes, no paran aquí.

En el apartado B del artículo 201 Ter se asienta que aquellos que aspiren a una candidatura ciudadana deberán no sólo constituirse como una asociación civil para recibir financiamiento público y privado, sino abrir una cuenta bancaria.

Y en el apartado C que los ciudadanos que hayan manifestado su respaldo a cierto candidato independiente tendrán que comparecer personalmente ante alguna oficina del OPLE con copia y original de su credencial para votar, para llenar un nuevo formato en el que ratifiquen con su huella y firma dicho apoyo.

Como el lector podrá observar, se trata de una reforma tramposa, revanchista y que lesiona los derechos políticos electorales de los ciudadanos que aspiran a un cargo de elección popular sin debérselo a los partidos políticos.

Si así se aprueba —y todo indica que así será—, el Congreso de Puebla corre el riesgo de que varios agraviados recurran al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para echar abajo varias de estas normas no solo por inconstitucionales sino por que van en sentido opuesto a la reforma constitucional que abrió a los ciudadanos la posibilidad de llegar a un puesto de elección popular sin aval de un partido político.

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Sobre el tema le dejo aquí un par de links que mucho aportan a la discusión, pero sobre todo a no sobrevalorar las candidaturas independientes como una solución a los problemas políticos que el país enfrenta, en buena medida por la partidocracia reinante. Ambos corresponden al ex presidente del IFE, Luis Carlos Ugalde.

http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/para-discutir-las-candidaturas-independientes.html

http://www.elfinanciero.com.mx/opinion/regresion-inconstitucional.html

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