Las ayudas de Zavala en la SDS
Una de las dependencias donde el proceso de entrega-recepción dejó mucho que desear por la ausencia de archivos, la elaboración de padrones incompletos y el extravío de reportes de avance de los programas sociales es la Secretaría de Desarrollo Social (SDS).
Muchos documentos relacionados con el manejo de los recursos federales (vía programas y ramos) están desaparecidos, por lo que a ciencia cierta se desconoce su impacto real.
Los reportes de los delegados regionales son inexistentes , por lo que también se ignora si los presidentes municipales pusieron en marcha los programas de techo digno, vivienda y trabajo temporal, si bajaron los recursos a las comunidades favorecidas o si los desviaron para otros fines.
Esta situación no ha pasado inadvertida para la nueva secretaria Myrian Arabian Couttolenc , quien con el apoyo de sus principales colaboradores está revisando con lupa las áreas de recursos humanos y recursos materiales.
Como parte de estas revisiones, trascendió que fueron dados de baja —o mejor dicho que ya no fueron recontratados por el régimen de honorarios o como empleados eventuales— algunos familiares, compadres y recomendados de los exsecretarios Javier López Zavala y Juan Carlos Lastiri Quirós, así como de los exsubsecretarios Juan Manuel Vega Rayet y José Luis Márquez.
Entre éstos figuran la hermana de Xitlalic Ceja, esposa del exsubsecretario de la SCT, Lázaro Jiménez Aquino, y un hermano de éste.
Otra cuestión que ha llamado la atención de los nuevos funcionarios de la SDS es la enorme cantidad de organizaciones y políticos del PRI y de «izquierda» que aparecen en algunos archivos como beneficiarios de apoyos productivos, donaciones, transferencias y viáticos.
Entre las ONGs y «líderes sociales» que de manera discrecional recibían algún tipo de ayuda económica figuran los dirigentes del Consejo Agrario de Puebla, integrado por la CNC, la UNTA, El Barzón, la Central Cardenista y la CIOAC.
Otros favorecidos fueron Enoé González Cabrera, Ociel Mora, Carlos Talavera, Rafael Cabrera, Armando Méndez Romero, Irma Ramos Galindo, Edgar Cañete y Andrés Toriz, así como algunos pastores cristianos y sacerdotes católicos como Mario Pérez Pérez, de la Sierra Norte de Puebla.
El dirigente estatal del PT Mariano Hernández Reyes y el excandidato del PT a la presidencia municipal de Puebla, Rodolfo Huerta Espinosa, también aparecen en la lista de apoyos para Centros de Distribución (Cedis) y como gestores y promotores de pequeñas obras municipales.
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A propósito de López Zavala .
Este lunes en su Facebook, el excandidato del PRI a la gubernatura de Puebla, preguntó sobre los motivos de la salida de Carmen Aristegui del noticiario radiofónico de MVS, lo que provocó que algunos de sus críticos lo cuestionaran sobre otros despidos de periodistas locales, como Charlene Alpuche de TV Azteca Puebla.

Aquí parte de la polémica:
-Javier López Zavala
¿A qué obedecerá la salida de Carmen Aristegui de MVS?
–Adán Morales: si quiere le preguntamos a erika jaramillo o a O. de la vega, seguro saben y si no lo inventan
–Iván Galindo Castillejos: No sé Licenciado, ¿y a qué obedeció la salida de Charlen Alpuche de TV. Azteca Puebla?
–Javier López Zavala: Esa pregunta se la deberías hacer a otro Javier, mi estimado Iván, suerte con el Comité Municipal
–Iván Galindo Castillejos: Gracias por sus comentarios Licenciado, seguiremos trabajando por la RENOVACIÓN del partido. Pd. ¿Se refiere a (Javier) Sánchez Galicia? jeje Saludos.
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Pronunciamiento en relación con la iniciativa que despenaliza la difamación y la calumnia
A la opinión pública
A la sociedad poblana
A los medios de comunicación
El Capítulo Puebla de la Asociación Mexicana de Derecho a la Información, A.C. (AMEDI) saluda la iniciativa de reforma a los códigos Civil y de Defensa Social para el Estado Libre y Soberano de Puebla que despenaliza la difamación y la calumnia, mejor conocidos como «delitos de prensa».
En efecto, tal y como se subraya en los considerandos de la iniciativa, un régimen democrático pasa por una irrestricta protección a la libertad de expresión, así como por el reconocimiento del importante papel que juega la actividad periodística de los medios de comunicación en su consolidación.
La iniciativa, por tanto, es loable y necesaria para la transformación que requiere Puebla. Sin embargo, tal y como está planteada podría constituir un mecanismo velado para nuevos tipos de censura a través de decisiones arbitrarias en lo que toca a la reparación económica como sanción al daño moral.
Lo anterior, debido a que:
De acuerdo con el sugerido artículo 1958 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, será un juez el que determinará el monto de la indemnización tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, y la situación económica del responsable y de la víctima.
De conformidad con el sugerido artículo 1958 Bis del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, que recupera la redacción del artículo 27 de la Ley sobre Delitos de Imprenta de 1917 para incorporar el derecho de rectificación, el daño moral puede ser causado por una amplia serie de géneros periodísticos, ente ellos, artículos, editoriales, columnas, párrafos, reportajes, entrevistas y similares.
Según el mismo artículo, se deslinda a los medios de comunicación de la responsabilidad de dar a conocer información inexacta que puede causar el daño moral y, en consecuencia, conceder el derecho de rectificación o de contenido en dicho artículo. Esto, al utilizar la redacción del artículo 27 de la Ley sobre Delitos de Imprenta y sustituir el término «periódicos» por el de «persona».
En este sentido, el Capítulo Puebla de la AMEDI hace un llamado a la LVIII Legislatura del Estado de Puebla para:
Discutir y proponer una iniciativa de ley en materia de protección a la vida privada, al honor y a la propia imagen, a fin de clarificar dichos conceptos y establecer sanciones claras en la materia.
Incorporar en la iniciativa que despenaliza la difamación y la calumnia que el daño moral sólo podrá ser reclamado tratándose de informaciones inexactas dadas a conocer en los medios de comunicación, en apego al artículo 14 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el cual reza: «Toda persona afectada por informaciones inexactas o agraviantes emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, tiene derecho a efectuar por el mismo órgano de difusión su rectificación o respuesta en las condiciones que establezca la ley.»
Y, además, agregar el párrafo siguiente, mismo que acompañó la despenalización de la difamación y la calumnia a nivel federal (DOF 13 de abril de 2007):
«En ningún caso se considerarán ofensas al honor las opiniones desfavorables de la crítica literaria, artística, histórica, científica o profesional. Tampoco se considerarán ofensivas las opiniones desfavorables realizadas en cumplimiento de un deber o ejerciendo un derecho cuando el modo de proceder o la falta de reserva no tenga un propósito ofensivo.»
3. Evitar deslindar a los medios de comunicación en la actividad periodística y en el ejercicio del derecho de rectificación reconocido en el artículo 1958 Bis.
Atentamente
L.C. Rafael G. Hernández García Cano
Presidente del Capítulo Puebla
Asociación Mexicana de Derecho a la Información, A.C.
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Simón dice:
«Quien toma bienes de los pobres es un asesino de la caridad. Quien a ellos ayuda, es un virtuoso de la justicia.»
San Agustín (354-430) Obispo, filósofo y doctor de la Iglesia Católica.

