LA CORTE DE LOS MILAGROS

Yo sí estudié. Ajá

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Otra cuestión además de la concurrencia electoral que, sin duda, también será polémica en la reforma política enviada por el gobernador Rafael Moreno Valle Rosas al Congreso del estado es la relacionada con la nueva redistritación electoral que ahí se plantea.

De entrada, llama la atención que en este punto el presidente del Instituto Electoral del Estado (IEE), Jorge Sánchez Morales, haya salido a decir que desde 2006 el Código Electoral vigente ya establece la posibilidad de que el organismo pueda proponer al Poder Legislativo la modificación de los distritos electorales existentes.

Y es que por lo visto el consejero presidente del IEE —que dice que sí estudia— no sabe leer o no entiende que la reforma política de Moreno Valle va más allá de lo que se estipula en la fracción 12 del artículo 89 del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado de Puebla:

Proponer al Congreso del Estado, por los conductos legalmente establecidos y previa realización de los estudios técnicos necesarios por el órgano competente, la modificación de la conformación de los distritos electorales existentes.”

La reforma morenovallista plantea que el Instituto no sólo proponga sino que sea quien realice y apruebe la demarcación específica de los distritos uninominales, es decir, el que se haga cargo de la redistritación electoral.

Esto —que no comprendió el presidente del IEE— es un gran avance, pues ahora la división electoral del estado en distritos uninominales, no la determinará el Poder Legislativo, es decir las mayorías parlamentarias, sino el órgano técnico competente de organizar las elecciones en la entidad.

Sin embargo, un aspecto que puede dar al traste con el espíritu de la reforma encaminada a evitar la asimetría y disparidad que hoy prevalece en el tamaño y población de los distritos es el segundo párrafo del artículo 24 de la iniciativa en cuestión.

“En la designación de las cabeceras distritales por parte del Consejo General, se procurará además tomar en cuesta criterios de importancia geopolítica y cultural del municipio de que se trate, así como las facilidades de acceso.”

La ambigüedad de este párrafo puede prestarse a manipulaciones políticas y electorales, pues si no se acotan y se delimitan estos criterios geopolíticos y culturales no sería raro que en el futuro un municipio pequeño, pero que haya sido cuna de un gobernador o de un político renombrado se convierta en cabecera distrital aun cuando su población en comparación con los otros municipios de la demarcación sea muy menor.

Lo más conveniente para evitar decisiones discrecionales o arbitrarias es que los municipios que serán designados cabeceras distritales lo sean en función de criterios objetivos y cuantitativos, como pueden ser sus habitantes, sus comunicaciones y sistemas de transporte y su nivel de desarrollo político y socioeconómico, factores que pueden medirse y cuantificarse de manera periódica.

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Simón dice:

“¡Estudia! No para saber una cosa más, sino para saberla mejor.”

Lucio Anneo Séneca (2 AC-65) Filósofo latino.


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