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Entre lo jurídico y lo político

· diciembre 15, 2018

Ismael Ledesma Mateos

De acuerdo con Althusser, siguiendo a Marx, la estructura jurídica-política forma parte de la superestructura de la sociedad y es parte de lo que se denomina “aparatos ideológicos del Estado”, los cuales son cruciales para el mantenimiento de la cohesión social y, debemos entender, para una acción política eficaz. Este tema resalta ahora en México por su pertinencia en el contexto de las acciones del Poder Judicial en contra del decreto del Poder Ejecutivo para regular los salarios de los funcionarios públicos, donde nadie debería ganar más que el presidente de la República, lo cual revela la compleja interrelación entre lo político y lo jurídico, que también implica lo ideológico.

Cuando la corrupción se institucionalizó en el país y se integró a la ideología del México posrevolucionario, lo jurídico se puso a su servicio, contaminando lo político. Eso es un obstáculo para la transformación democrática de México. En estos días de inicio del nuevo régimen afrontamos este contraste impactante, y otro caso reciente fue la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) respecto a la anulación de la elección de gobernador del estado de Puebla, donde fue ratificada la candidata que con anterioridad se declaró como ganadora.

Se trata de un problema por demás complejo que implica varias dimensiones, en las que se encuentra la política, la legislativa y la ética. Ya en 1784 Kant (www.webdianoia.com, sin autor) sostenía que “la capacidad legislativa del ser humano se funda en el carácter formal con el que él mismo concibe la ética, y que se expresa en el imperativo categórico. Este imperativo, como principio formal de la razón práctica, se extenderá a todos los campos de aplicación de ésta, incluida la actividad política. […] “Así, no es de extrañar que Kant haya propuesto tres definiciones del imperativo categórico, subrayando ya el carácter universal de la norma moral, ya el valor intrínseco del individuo como fin en sí mismo, dada su naturaleza racional y su autonomía. […] La política, en cuanto espacio público del ejercicio de la libertad, está ligada a la noción de derecho, haciéndola posible. En consonancia con el carácter formal de la moralidad, el derecho no se concibe como un sistema normativo de regulación de la convivencia, sino como el marco formal en el que se establecen las condiciones y los límites de la acción en el campo de la convivencia, del ejercicio de la libertad. La ley jurídica ha de tener, por lo tanto, al igual que la moral, un carácter universal y a priori; sin embargo, mientras la ley moral se autoimpone al individuo, la ley jurídica se le impone mediante una coacción externa. […] La ley jurídica, siguiendo el imperativo categórico, ha de ceñirse a la naturaleza racional del ser humano, por lo que Kant afirmará la existencia de derechos naturales (propios de tal naturaleza racional), que serán el límite de la acción del Estado. Las relaciones entre los individuos y, por lo tanto, la organización de la convivencia, tiene una naturaleza racional, por lo que la ley jurídica no puede actuar en contra de esa naturaleza. La filosofía política kantiana entronca así con la filosofía política moderna del Estado natural y de las teorías del contrato. Hay una naturaleza, anterior a la organización política de los seres humanos, que es la fuente de derechos universales contra los que no se puede legislar, y que actúan por sí mismos como principios de organización de la vida política, que debería tender a una República universal. Además de los derechos naturales, el legislador, en función de las necesidades históricas, podrá desarrollar leyes (el derecho positivo) que correspondan al desarrollo de la sociedad civil”.

Esta visión kantiana es de gran riqueza, máxime si se piensa en Foucault, en particular en La verdad y las formas jurídicas, donde lo jurídico está vinculado con la punición, el castigo, como forma de control, que marca ese vínculo entre el saber y el poder, entre “vigilar y castigar”, lo que se halla presente en el acto legislativo. Como apunta Juanita Rosales Bernal, “para Foucault, esta concepción de la penalidad en el siglo XIX se basa en un control sobre la psicología y la moral de los individuos. En este sentido, es probable que la forma arquitectónica que mejor sintetiza esta mentalidad sea la del Panóptico, compleja estructura que permite la observación incesante y explícita del comportamiento humano. Ahora bien, las cárceles como expresiones de esta mentalidad en cuanto a lo penal son la manifestación de una concepción que afectaría de manera radical a otras instituciones sociales, como la educación y la salud. Y es que se trata de una compleja dinámica a la que el autor denomina aparato general de secuestro, encargado de moldear a los individuos (tanto física como mentalmente) para responder a ciertas necesidades sociales inherentes al orden imperante (el capitalismo en este caso). En este sentido, el desarrollo de un sistema penal basado en la inclusión por exclusión (eso y no otra cosa es lo que se pretende al encerrar a una persona), no es un caso aislado en la dinámica de las sociedades europeas del siglo XIX, sino que responde a la necesidad del capitalismo de hacer de la fuerza humana fuerza de trabajo, controlando a su vez todo lo que pueda afectar la cadena productiva, incluso el libre manejo del dinero por parte de las personas. Así, las cárceles, escuelas y hospitales adoptan una estructura panóptica cuyo principal objetivo es el de ejercer un control para la producción”.

En los tiempos actuales de México y en los venideros la relación entre lo jurídico y lo político será trascendental. En una semana del nuevo gobierno federal hemos visto dos casos, y eso será una constante en todo el sexenio. Una visión certera y eficaz será de enorme importancia para el mantenimiento del Estado de derecho y crucial en esta Cuarta Transformación, donde las resistencias ideológicas derivadas del antiguo régimen se harán presentes con gran fuerza. Sin embargo, en el gabinete de Andrés Manuel López Obrador hay integrantes con gran experiencia jurídica, como la secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, ex ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que con seguridad tendrán presente el panorama que se avecina, al igual que varios legisladores de Morena, como Ricardo Monreal, quienes poseen una perspectiva que conjuga lo jurídico y lo político, lo que tendrá un gran valor en los tiempos que vendrán.

En una formación económica social, tal como enseñó Althusser, la “estructura económica” es la determinante en última instancia, pero la “superestructura” (Überbau, escribiría Marx), modula y permite su funcionamiento, y como parte de ella tenemos la estructura ideológica y la jurídico-política, que forman una unidad indisoluble. Yo creo firmemente en el orden jurídico y pienso que un buen gobierno pasa por decisiones legislativas adecuadas. Y eso se da a nivel presidencial, de gubernaturas, presidencias municipales e incluso en instituciones educativas, como las universidades. Por ejemplo, una ley orgánica y sus estatutos son algo trascendente para la operación de una universidad. El orden jurídico implica la materialización del poder e involucra todas las facetas de la vida de la acción humana, incluyendo la vida cotidiana, implica ideologías, discursos, formaciones discursivas y representaciones sociales históricamente determinadas.

No obstante, es necesario prestar gran atención a los riesgos que en lo jurídico y lo político conlleva la corrupción, y un problema latente es la persistencia de fenómenos perversos de regímenes anteriores. Como analizó Óscar del Barco en su libro Esbozo para una crítica de la teoría y práctica leninistas (1980), parte del fracaso del socialismo de Lenin fue la preservación de actores político-burocráticos provenientes del gobierno del zar, mismos que se enseñorearon durante el régimen de Stalin. Eso puede ocurrir en cualquier proceso revolucionario o de cambio radical de la sociedad y es algo que no puede ser descuidado en una planeación política estratégica.

La política es como en biología lo que llamamos “nicho ecológico”, que se considera como un hipervolumen “n” dimensional que da cuenta de todas las interacciones que regulan la distribución y abundancia de los organismos, en un espacio y momento determinados. Y “nicho ecológico”, concepto central de la ecología, puede analogarse con un “nicho político”, donde lo jurídico juega un papel indispensable para la comprensión de la realidad social, que implica también una mirada biológica sin caer en reduccionismos, lo que nos conduce a pensar en lo que Karl Deutsch llamó “los nervios del gobierno”, título de su más famoso libro.

Legislación y política: ¡pamplinas!, diría el Rey Ubú, pues para él, la Madre Ubú y el Capitán Bordura la única ley es ordenar que a sus súbditos les pongan palitroques en las onejas y les apliquen las tenazas de descerebración a quienes no contribuyan a las phinanzas de su hipotético y fantástico reino.

¡Para mí es suficiente!

ubú[email protected]

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