{"id":1052,"date":"2011-04-10T21:41:35","date_gmt":"2011-04-11T02:41:35","guid":{"rendered":"http:\/\/e-consulta.com\/blogs\/corte\/?p=1052"},"modified":"2011-04-11T07:25:42","modified_gmt":"2011-04-11T12:25:42","slug":"urge-corregir-el-sistema-de-representacion-mixta-en-el-congreso","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/?p=1052","title":{"rendered":"Urge corregir el sistema de representaci\u00f3n mixta en el Congreso"},"content":{"rendered":"<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>* El actual modelo sobre representa al partido mayoritario<\/strong><\/p>\n<p><strong>* Desde 1977 Puebla ha estado a la zaga de las reformas federales<\/strong><\/p>\n<p><strong>Uno de los mayores rezagos del sistema electoral poblano<\/strong> \u2014y del que hasta ahora pocos se han ocupado\u2014 <strong>es el relativo a la forma en que se reflejan los votos de los partidos pol\u00edticos en la composici\u00f3n del Congreso del estado<\/strong>, es decir a la representaci\u00f3n parlamentaria en el Poder Legislativo.<\/p>\n<p><strong>El actual modelo<\/strong>, de tipo mixto con diputados de mayor\u00eda simple y representaci\u00f3n proporcional, <strong>no ha resultado en la pr\u00e1ctica equitativo<\/strong>, pues <strong>privilegia la sobre representaci\u00f3n del partido mayoritario y la sub representaci\u00f3n de los partidos que se ubican como la primera y la segunda minor\u00edas<\/strong>.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter\" src=\"\/blogs\/corte\/imgs\/110411-corte.jpg\" alt=\"\" width=\"420\" height=\"335\" \/><\/p>\n<p><strong>En las <a href=\"http:\/\/www.cajanegra.buap.mx\/67.pdf\" target=\"_blank\">elecciones de 2004<\/a> el PRI obtuvo el 43.5% de los votos para la elecci\u00f3n de diputados de mayor\u00eda relativa y representaci\u00f3n proporcional, y el 63% de las curules<\/strong>; en contraste, el PAN logr\u00f3 el 34.8% de los votos y s\u00f3lo 10 de 41 legisladores, lo que equivale al 24.4% de la representaci\u00f3n del Congreso.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter\" src=\"\/blogs\/corte\/imgs\/110411-corte-cuadro5.jpg\" alt=\"\" width=\"420\" height=\"300\" \/><\/p>\n<p><strong>Lo mismo sucedi\u00f3 con el PRD<\/strong> que obtuvo el 8.2% de los votos, y s\u00f3lo obtuvo 2 diputaciones, que equivalen al 4.8% de las curules.<\/p>\n<p lang=\"es-ES\">En 2007 la historia se repiti\u00f3.<\/p>\n<p><strong>El PRI, que con el PVEM form\u00f3 la Coalici\u00f3n Unidos para Ganar, obtuvo el 41.42% de los votos, se qued\u00f3 con 26 curules en el Congreso del estado <\/strong>(25 de mayor\u00eda y 1 de representaci\u00f3n proporcional), que equivalen al 63% de las curules; en cambio, el PAN, que consigui\u00f3 el 29.31% de la votaci\u00f3n s\u00f3lo pudo conseguir ocho diputados.<\/p>\n<p><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter\" src=\"\/blogs\/corte\/imgs\/110411-corte-cuadro8.5.jpg\" alt=\"\" width=\"420\" height=\"251\" \/><\/p>\n<p><strong>La coalici\u00f3n de izquierda integrada por el PRD y Convergencia obtuvo el 10.87% de los votos y <\/strong><strong>tres diputaciones de representaci\u00f3n proporcional<\/strong>, que representan 7.3% de las 41 curules de la Legislatura local.<\/p>\n<p>En las elecciones de julio de 2010, <strong>la coalici\u00f3n Compromiso Por Puebla<\/strong> \u2014integrada por el PAN, el PRD, el Panal y Convergencia\u2014 <strong>comput\u00f3 982,438 sufragios, que representaron el 44.8% de la votaci\u00f3n total emitida<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Esta votaci\u00f3n le dio derecho<\/strong>, sin embargo, <strong>a 21 curules<\/strong> (14 de mayor\u00eda y siete plurinominales), <strong>es decir al 51.2% de la representaci\u00f3n parlamentaria en el Poder Legislativo<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>La Alianza Puebla Avanza<\/strong> \u2014compuesta por el PRI y el PVEM\u2014 <strong>obtuvo 895,077 sufragios, el 40.82% de la votaci\u00f3n,<\/strong> que le permitieron hacerse de 18 diputaciones (12 de mayor\u00eda y seis plurinominales) que equivalen al 44% de las curules del Congreso del estado.<\/p>\n<p><strong>El Partido del Trabajo<\/strong> \u2014que en comicios anteriores se benefici\u00f3 con la f\u00f3rmula de asignaci\u00f3n de diputados de representaci\u00f3n proporcional\u2014 <strong>ahora qued\u00f3 sub representado.<\/strong> Obtuvo el 9.59% de los votos, pero s\u00f3lo dos diputaciones que equivalen al 4.8% de las curules de la LVIII Legislatura del Congreso del estado.<\/p>\n<p lang=\"es-ES\"><strong>Rezago hist\u00f3rico <\/strong><\/p>\n<p><strong>El <\/strong><strong>rezago del sistema electoral poblano<\/strong>, en lo que se refiere a la representaci\u00f3n de las minor\u00edas, <strong>viene de varios a\u00f1os atr\u00e1s<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Mie<\/strong><strong>ntras a nivel federal la reforma electoral de 1977 abri\u00f3 a los partidos minoritarios la posibilidad de obtener hasta el 25% de la representaci\u00f3n de la C\u00e1mara de Diputados<\/strong>, es decir 100 de 400 esca\u00f1os, <strong>en Puebla los diputados de partido s\u00f3lo podr\u00edan ocupar el 20% de las curules, o sea 5 de 25<\/strong>.<\/p>\n<p>Diez a\u00f1os despu\u00e9s, con la reforma pol\u00edtica de 1987 durante la administraci\u00f3n del presidente <strong>Miguel de la Madrid Hurtado<\/strong>, el acceso de las minor\u00edas se ampli\u00f3 a 30%. De los 500 esca\u00f1os de la C\u00e1mara Baja del Congreso de la Uni\u00f3n, el partido mayoritario podr\u00eda aspirar a ocupar hasta 350 por ambos principios, benefici\u00e1ndose del reparto de diputados de representaci\u00f3n proporcional, siempre que hubiera alcanzado el 51% o m\u00e1s de la votaci\u00f3n nacional efectiva.<\/p>\n<p><strong>Localmente, la legislaci\u00f3n electoral de Puebla se modific\u00f3 <\/strong><strong>en 1980<\/strong>; \u00e9sta desapareci\u00f3 a los diputados de partido y los sustituy\u00f3 por seis diputaciones de representaci\u00f3n proporcional, con lo que ampli\u00f3 el porcentaje de representaci\u00f3n de las minor\u00edas en el Congreso del estado de 20 a 23%.<\/p>\n<p><strong>En 1983, la Ley <\/strong><strong>de Organizaciones Pol\u00edticas y Procesos Electorales del Estado de Puebla sufri\u00f3 nuevas enmiendas<\/strong>. Se crearon dos nuevos distritos electorales y el n\u00famero de diputaciones de representaci\u00f3n proporcional pas\u00f3 de seis a siete. Esta reforma le garantiz\u00f3 a la oposici\u00f3n por lo menos el 24.13% de un total de 29 curules.<\/p>\n<p><strong>Dicho <\/strong><strong>modelo de representaci\u00f3n parlamentaria se mantuvo sin cambios hasta 1995<\/strong>, cuando a iniciativa del gobernador Manuel Bartlett D\u00edaz se reforma la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de la entidad y se promulga el C\u00f3digo Electoral del Estado de Puebla que viene a sustituir a la antigua LOPPEEP.<\/p>\n<p><strong>En el reformado art\u00edculo 33 de la Carta Magna<\/strong><strong> se establece que el Congreso del estado se integrar\u00e1 por 26 diputados de mayor\u00eda relativa<\/strong> y hasta 13 de representaci\u00f3n proporcional, lo que equivale al 33.33% de la representaci\u00f3n parlamentaria; y en el art\u00edculo 35 constitucional se dice que ning\u00fan partido podr\u00e1 contar con m\u00e1s de 26 diputados por ambos principios, y que para tener derecho a la asignaci\u00f3n de diputados por el sistema de representaci\u00f3n proporcional, los partidos deben obtener como m\u00ednimo el 1.5% del total de la votaci\u00f3n emitida en la elecci\u00f3n de diputados de mayor\u00eda.<\/p>\n<p><strong>Los resultados de esa competida elecci\u00f3n intermedia de 1995 fueron in\u00e9ditos.<\/strong> Por vez primera en la historia de Puebla, el PAN gan\u00f3 la capital y las principales ciudades, as\u00ed como 10 diputaciones de mayor\u00eda y cuatro de representaci\u00f3n proporcional de un total 39. <strong>El blanquiazul, que comput\u00f3 el 34.87% de los votos, se qued\u00f3 con el 35.89 de los esca\u00f1os del Congreso del estado.<\/strong><\/p>\n<p>Sin embargo, <strong>el PRI que obtuvo el 46.96% de la votaci\u00f3n gan\u00f3 16 diputados de mayor\u00eda y seis de representaci\u00f3n proporcional,<\/strong> para hacer un total 22, que equivalieron al 56.41% de la representaci\u00f3n parlamentaria en la LIII Legislatura local.<\/p>\n<p><strong>El PRD que se ubic\u00f3 como la tercera fuerza pol\u00edtica con el 9.37% de los votos<\/strong><strong>, s\u00f3lo logr\u00f3 2 curules<\/strong>, equivalente al 5.12% de la representaci\u00f3n parlamentaria.<\/p>\n<p><strong>Para las elecciones de 1998 el sistema de representaci\u00f3n pol\u00edtica en el Poder Legislativo local se mantuvo sin cambios<\/strong>, favoreciendo la sobre representaci\u00f3n del PRI, y la sub representaci\u00f3n del PAN como primera minor\u00eda y del PRD como segunda minor\u00eda.<\/p>\n<p>Si bien la Constituci\u00f3n del estado se modific\u00f3 en 1997 para dar cabida a la reforma electoral federal llevada a cabo el 22 de agosto de 1996, <strong>el modelo de representaci\u00f3n parlamentaria sigui\u00f3 siendo el mismo.<\/strong><\/p>\n<p><strong>En 1999 la Constituci\u00f3n del estado volvi\u00f3 a reformarse, para ampliar 13 a 15 el n\u00famero de<\/strong><strong> curules por el principio de representaci\u00f3n proporcional<\/strong>, y para elevar de 1.5 a 2% el porcentaje m\u00ednimo requerido que un partido pol\u00edtico necesita para tener derecho a la asignaci\u00f3n de diputados por esta v\u00eda.<\/p>\n<p><strong>La reforma de 1999, que entr\u00f3 en vigor en <\/strong><strong>los comicios locales de 2001, introdujo la figura jur\u00eddica del \u201cmejor perdedor\u201d,<\/strong> por la cual se estableci\u00f3 que la primera de las 15 curules de representaci\u00f3n proporcional se asignar\u00eda a la f\u00f3rmula de candidatos del partido pol\u00edtico que, por s\u00ed mismo, haya obtenido el mayor porcentaje de votos en la elecci\u00f3n de diputados por el principio de mayor\u00eda relativa, siempre que no hubiere alcanzado la constancia respectiva conforme a dicho principio.<\/p>\n<p><strong>En la pr\u00e1ctica el incremento de dos diputados de representaci\u00f3n proporcional,<\/strong> que ampli\u00f3 de 33.33% a 36.48% esta v\u00eda de acceso de los partidos minoritarios al Congreso del estado, <strong>no s\u00f3lo no mejor\u00f3 el modelo de tipo mixto sino que acentu\u00f3 la inequidad en la representaci\u00f3n parlamentaria.<\/strong><\/p>\n<p>Y es que <strong>en las elecciones de 2001, el PRI obtuvo el 41.86% de los votos para la elecci\u00f3n de diputados de mayor\u00eda y el 60.97% de las curules de la LV Legislatura<\/strong> con 20 legisladores de mayor\u00eda y cinco de representaci\u00f3n proporcional; en contraste, el PAN logr\u00f3 el 33.69% de los votos y s\u00f3lo 10 curules (seis de mayor\u00eda y cuatro de representaci\u00f3n proporcional) que equival\u00edan al 24.39 de la representaci\u00f3n total del Congreso.<\/p>\n<p><strong>El PRD tambi\u00e9n fue castigado. Comput\u00f3 el 9.22% de los votos y sus dos curules s\u00f3lo le dieron el 4.87% de la representaci\u00f3n parlamentaria.<\/strong><strong> <\/strong><\/p>\n<p lang=\"es-ES\">***<\/p>\n<p lang=\"es-ES\">Sim\u00f3n dice:<\/p>\n<p>\u201cEl poder es como un explosivo: o se maneja con cuidado, o estalla.\u201d<\/p>\n<p lang=\"es-ES\">Enrique Tierno Galv\u00e1n (1918-1986) Pol\u00edtico e intelectual espa\u00f1ol.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Uno de los mayores rezagos del sistema electoral poblano es el relativo a la forma en que se reflejan los votos de los partidos pol\u00edticos en la composici\u00f3n del Congreso del estado<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[3],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1052"}],"collection":[{"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=1052"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/1052\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=1052"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=1052"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/archivosblogs.e-consulta.com\/corte\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=1052"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}